Extranjería en Albacete
Tramitamos autorizaciones de residencia y trabajo, arraigos, renovaciones, reagrupaciones familiares y la nacionalidad española. Es uno de los trabajos que más hacemos en el despacho.
Qué tramitamos
Con el Reglamento de Extranjería vigente
Desde el 20 de mayo de 2025 se aplica el nuevo Reglamento (Real Decreto 1155/2024), que cambió los arraigos, la duración de las autorizaciones y la situación de los familiares de españoles.
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Arraigo
Las cinco vías del Reglamento: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Salvo en el arraigo familiar, se piden dos años de permanencia continuada en España.
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Residencia y trabajo
Autorizaciones para trabajar por cuenta ajena o como autónomo, autorizaciones de estudios y los cambios entre ellas, por ejemplo de estudiante a trabajador.
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Renovaciones
Te avisamos con tiempo y presentamos la renovación. Con el Reglamento actual, la renovación permite residir y trabajar cuatro años más.
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Familia
La autorización para familiares de ciudadanos españoles (cónyuge o pareja, hijos hasta los 26 años y otros familiares en los casos previstos) y la reagrupación familiar.
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Nacionalidad española
Por residencia: 10 años con carácter general, 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y 1 año en casos como el matrimonio con español. Preparamos el expediente completo.
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Recursos
Si te han denegado una solicitud o te han requerido documentación, revisamos el expediente y preparamos la respuesta o el recurso.
Regularización extraordinaria de 2026
¿Te regularizaste en 2026? Prepara ya el siguiente paso
La autorización de la regularización extraordinaria dura un año. Antes de que termine tendrás que pasar a una de las autorizaciones ordinarias del Reglamento de Extranjería. Revisamos tu caso con tiempo para que no pierdas tu situación regular.
Cómo trabajamos
Del primer contacto a la resolución
Atendemos en el despacho de C/ Blasco Ibáñez, 64, por teléfono y por WhatsApp.
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Revisamos tu situación
Vemos tu documentación y te decimos qué autorización te corresponde y qué requisitos cumples.
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Te damos plazos y precio
Antes de empezar sabes qué hay que presentar, cuánto tarda y cuánto cuesta. El presupuesto te llega en 24 horas.
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Presentamos y seguimos el expediente
Preparamos la solicitud, la presentamos y te avisamos de cada requerimiento hasta la resolución.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales de extranjería
Cada caso tiene matices. Si tu situación no encaja aquí, escríbenos.
- ¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para pedir el arraigo?
- Con el Reglamento vigente desde mayo de 2025, dos años de permanencia continuada, salvo en el arraigo familiar, que no exige un tiempo mínimo.
- ¿Por cuánto tiempo se renueva la autorización?
- Con el Reglamento actual, la renovación permite residir y trabajar cuatro años más.
- Me regularicé en 2026. ¿Qué tengo que hacer ahora?
- La autorización inicial dura un año. Antes de que termine hay que pasar a una autorización ordinaria del Reglamento de Extranjería. Te recomendamos revisarlo con tiempo.
- ¿Cuántos años de residencia necesito para la nacionalidad?
- Con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada. Son 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y 1 año en casos como el matrimonio con español o haber nacido en España.
Normativa: Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería y artículo 22 del Código Civil.
Presupuesto
Cuéntanos tu caso y te decimos qué vía te corresponde
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