Asesoría para productores de energía eléctrica

Somos especialistas en la fiscalidad y la gestión de la actividad de producción eléctrica: plantas fotovoltaicas, eólicas, de cogeneración y el resto de instalaciones que venden energía a la red.

Qué hacemos

Todo lo que necesita una instalación productora

Para sociedades titulares de plantas, grupos con varias instalaciones y personas físicas que producen y venden energía.

  • Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica

    Pagos fraccionados y autoliquidación anual del modelo 583, con la base calculada instalación por instalación a partir de las retribuciones de cada periodo, y el modelo 588 si cesas en la actividad.

  • IVA, Sociedades e IRPF

    Las liquidaciones de la sociedad productora o del titular persona física, con la amortización de las instalaciones y el resto de partidas propias de la actividad.

  • Contabilidad

    Contabilidad conforme al Plan General Contable, cuentas anuales y su depósito, con el seguimiento de ingresos por instalación.

  • Estructura de las plantas

    Sociedades por planta, compraventa de proyectos y estructuras holding para agrupar varias instalaciones.

El impuesto, año a año

Lo que está cambiando

  1. 2026

    El tipo sigue en el 7 %, pero la base se reduce: se integra el 90 % de las retribuciones del primer trimestre, nada del segundo, el 70 % del tercero y el 60 % del cuarto.Reales Decretos-ley 7/2026 y 18/2026

  2. 2027

    Se siguen presentando los pagos fraccionados y, en noviembre, la autoliquidación anual de 2026 con esas reducciones.

  3. 2028

    El tipo pasa al 0 % y desaparece la obligación de presentar autoliquidaciones y pagos fraccionados de este impuesto.Reales Decretos-ley 18/2026 y 25/2026

Hasta que desaparezca, cada pago tiene sus propias reglas transitorias. Las aplicamos instalación por instalación.

Plazos del modelo 583

Cuándo se presenta

DeclaraciónPlazo
Primer pago fraccionado (enero a marzo)Del 1 al 20 de mayo
Segundo pago fraccionado (primer semestre)Del 1 al 20 de septiembre
Tercer pago fraccionado (primeros nueve meses)Del 1 al 20 de noviembre
Cuarto pago fraccionado (año completo)Del 1 al 20 de febrero del año siguiente
Pago único, si el valor de la producción del año anterior no superó 500.000 €Del 1 al 20 de noviembre
Autoliquidación anualDel 1 al 30 de noviembre del año siguiente

Todos estos plazos están en nuestro calendario fiscal para el móvil. Fuente: Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

Dudas de los productores

Si tu caso es distinto, escríbenos y lo vemos con tus datos.

¿Cuándo desaparece el impuesto sobre la producción de energía eléctrica?
Desde 2028 el tipo es del 0 % y no habrá que presentar autoliquidaciones ni pagos fraccionados de este impuesto. Hasta entonces se siguen presentando, con las reducciones de base de 2026.
¿Qué es el pago único del modelo 583?
Si el valor de la producción del año anterior no superó 500.000 €, en lugar de cuatro pagos fraccionados se hace uno solo, del 1 al 20 de noviembre, por los nueve primeros meses del año.
¿Cómo se calcula la base del impuesto?
Es el importe total que tienes derecho a percibir por producir e incorporar electricidad al sistema, y se calcula para cada instalación por separado. En 2026 se aplican además las reducciones por trimestre.
Tengo varias plantas. ¿Me conviene agruparlas?
Depende del número de instalaciones, de los socios y de tus planes. Lo estudiamos con tus datos antes de recomendarte una estructura.

Presupuesto

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