Asesoría para productores de energía eléctrica
Somos especialistas en la fiscalidad y la gestión de la actividad de producción eléctrica: plantas fotovoltaicas, eólicas, de cogeneración y el resto de instalaciones que venden energía a la red.
Qué hacemos
Todo lo que necesita una instalación productora
Para sociedades titulares de plantas, grupos con varias instalaciones y personas físicas que producen y venden energía.
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Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica
Pagos fraccionados y autoliquidación anual del modelo 583, con la base calculada instalación por instalación a partir de las retribuciones de cada periodo, y el modelo 588 si cesas en la actividad.
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IVA, Sociedades e IRPF
Las liquidaciones de la sociedad productora o del titular persona física, con la amortización de las instalaciones y el resto de partidas propias de la actividad.
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Contabilidad
Contabilidad conforme al Plan General Contable, cuentas anuales y su depósito, con el seguimiento de ingresos por instalación.
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Estructura de las plantas
Sociedades por planta, compraventa de proyectos y estructuras holding para agrupar varias instalaciones.
El impuesto, año a año
Lo que está cambiando
- 2026
El tipo sigue en el 7 %, pero la base se reduce: se integra el 90 % de las retribuciones del primer trimestre, nada del segundo, el 70 % del tercero y el 60 % del cuarto.Reales Decretos-ley 7/2026 y 18/2026
- 2027
Se siguen presentando los pagos fraccionados y, en noviembre, la autoliquidación anual de 2026 con esas reducciones.
- 2028
El tipo pasa al 0 % y desaparece la obligación de presentar autoliquidaciones y pagos fraccionados de este impuesto.Reales Decretos-ley 18/2026 y 25/2026
Hasta que desaparezca, cada pago tiene sus propias reglas transitorias. Las aplicamos instalación por instalación.
Plazos del modelo 583
Cuándo se presenta
| Declaración | Plazo |
|---|---|
| Primer pago fraccionado (enero a marzo) | Del 1 al 20 de mayo |
| Segundo pago fraccionado (primer semestre) | Del 1 al 20 de septiembre |
| Tercer pago fraccionado (primeros nueve meses) | Del 1 al 20 de noviembre |
| Cuarto pago fraccionado (año completo) | Del 1 al 20 de febrero del año siguiente |
| Pago único, si el valor de la producción del año anterior no superó 500.000 € | Del 1 al 20 de noviembre |
| Autoliquidación anual | Del 1 al 30 de noviembre del año siguiente |
Todos estos plazos están en nuestro calendario fiscal para el móvil. Fuente: Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
Dudas de los productores
Si tu caso es distinto, escríbenos y lo vemos con tus datos.
- ¿Cuándo desaparece el impuesto sobre la producción de energía eléctrica?
- Desde 2028 el tipo es del 0 % y no habrá que presentar autoliquidaciones ni pagos fraccionados de este impuesto. Hasta entonces se siguen presentando, con las reducciones de base de 2026.
- ¿Qué es el pago único del modelo 583?
- Si el valor de la producción del año anterior no superó 500.000 €, en lugar de cuatro pagos fraccionados se hace uno solo, del 1 al 20 de noviembre, por los nueve primeros meses del año.
- ¿Cómo se calcula la base del impuesto?
- Es el importe total que tienes derecho a percibir por producir e incorporar electricidad al sistema, y se calcula para cada instalación por separado. En 2026 se aplican además las reducciones por trimestre.
- Tengo varias plantas. ¿Me conviene agruparlas?
- Depende del número de instalaciones, de los socios y de tus planes. Lo estudiamos con tus datos antes de recomendarte una estructura.
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