Novedades fiscales

Lo que cambia en impuestos, explicado para tu negocio. Revisamos el BOE y la Agencia Tributaria y te contamos qué cambia, a quién afecta y desde cuándo.

IRPF · IVA

Hasta el 31 de diciembre para cambiar de régimen en 2027

Si quieres dejar de tributar en módulos o en estimación directa simplificada, o volver a ellos, el plazo para comunicarlo con el modelo 036 termina el 31 de diciembre. Ese mismo plazo vale para renunciar al régimen simplificado de IVA o al de agricultura, ganadería y pesca, y para optar por el criterio de caja. Los cambios se aplican desde el 1 de enero de 2027.

A quién afecta: autónomos en módulos o en estimación directa simplificada, y empresas y autónomos que quieran aplicar el criterio de caja.

Fuente: Agencia Tributaria, calendario del contribuyente 2026
Facturación

VeriFactu: Hacienda anuncia el aplazamiento a octubre de 2028, pero aún no está en el BOE

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que aplazará hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (VeriFactu), para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria. Mientras el cambio no se publique en el BOE, siguen vigentes los plazos del Real Decreto-ley 15/2025: antes del 1 de enero de 2027 si tu empresa tributa en el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 en el resto de casos, autónomos incluidos. Te avisaremos en cuanto se publique.

A quién afecta: sociedades y autónomos que emiten sus facturas con un programa informático.

Fuente: Ministerio de Hacienda, nota informativa de 5 de octubre de 2026
Factura electrónica

Factura electrónica obligatoria entre empresas: ya hay fechas

La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública y gratuita de facturación electrónica de la Agencia Tributaria y entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Con ella empiezan a contar los plazos: las empresas con un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros tendrán que emitir y recibir facturas electrónicas desde el 6 de octubre de 2027, y el resto de empresarios y profesionales desde el 6 de octubre de 2028. Los autónomos tendrán que comunicar además el estado de pago de sus facturas desde el 6 de octubre de 2029.

A quién afecta: empresas y autónomos que facturan a otras empresas o profesionales.

Fuente: BOE núm. 247, de 5 de octubre de 2026
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